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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE ENVÍOS REZAGADOS

 

Se entiende como envío rezagado aquella correspondencia que al no poderse entregar a su destinatario o devolverse a su remitente, se envía a una dependencia de ADPOSTAL denominada Rezagos donde permanecen en espera por un tiempo prudente, de acuerdo a la clase de servicio.

 

 

Normatividad

 

Para el tratamiento de los envíos rezagados se tienen en cuenta la clase de correspondencia.

 

 

Correspondencia ordinaria

 

Recibidos los envíos en la Oficina de Rezagos, ésta conservará los rezagos definitivos como cartas, tarjetas postales y demás objetos de correspondencia ordinaria que carezcan de todo valor, por seis (6) meses y los incinerará cumplido este plazo.

 

 

Correspondencia certificada, Encomiendas aseguradas y contra reembolso

 

Para los envíos: Certificado, Carta asegurada, Post Express ó EMS, Encomiendas Aseguradas y Contra Reembolso, que no han sido reclamados por los interesados y ha transcurrido más de un (1) año desde la fecha de la imposición del envío al correo, pasarán a ser propiedad del estado y su contenido y valores ingresaran a Adpostal.

 

Estos envíos los conservará la oficina de rezagos durante seis (6) meses y si vencido este término, el ó los envíos no han sido reclamados por los interesados y ha transcurrido más de un año desde la fecha de la imposición del envío al correo, pasarán a ser propiedad del estado y se venderán en subasta pública. Los ingresos por este concepto harán parte del recaudo de Adpostal.

 

 

Procedimiento

 

Una vez se reciba la solicitud de trámite debidamente diligenciada, la oficina de rezagos verificará si el envío de correspondencia se encuentra en estado de rezago; luego informará al interesado, a través del estado de tramite en la Web de Adpostal o e-mail, el resultado y las indicaciones a seguir para reclamar el envío.

 


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