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SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE ENVÍOS REZAGADOS
Se entiende como envío rezagado aquella correspondencia que al
no poderse entregar a su destinatario o devolverse a su remitente, se
envía a una dependencia de ADPOSTAL denominada Rezagos donde permanecen
en espera por un tiempo prudente, de acuerdo a la clase de servicio.
Normatividad
Para el tratamiento de los envíos rezagados se tienen en cuenta
la clase de correspondencia.
Correspondencia ordinaria
Recibidos los envíos en la Oficina de Rezagos, ésta conservará
los rezagos definitivos como cartas, tarjetas postales y demás
objetos de correspondencia ordinaria que carezcan de todo valor, por seis
(6) meses y los incinerará cumplido este plazo.
Correspondencia certificada, Encomiendas aseguradas y contra reembolso
Para los envíos: Certificado, Carta asegurada, Post Express ó
EMS, Encomiendas Aseguradas y Contra Reembolso, que no han sido reclamados
por los interesados y ha transcurrido más de un (1) año
desde la fecha de la imposición del envío al correo, pasarán
a ser propiedad del estado y su contenido y valores ingresaran a Adpostal.
Estos envíos los conservará la oficina de rezagos durante
seis (6) meses y si vencido este término, el ó los envíos
no han sido reclamados por los interesados y ha transcurrido más
de un año desde la fecha de la imposición del envío
al correo, pasarán a ser propiedad del estado y se venderán
en subasta pública. Los ingresos por este concepto harán
parte del recaudo de Adpostal.
Procedimiento
Una vez se reciba la solicitud de trámite debidamente diligenciada,
la oficina de rezagos verificará si el envío de correspondencia
se encuentra en estado de rezago; luego informará al interesado,
a través del estado de tramite en la Web de Adpostal o e-mail,
el resultado y las indicaciones a seguir para reclamar el envío.
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